NOMINA
Es una la lista conformada por el conjunto de trabajadores a los
cuales se les va a remunerar por los servicios que éstos le prestan
al patrono.
La nómina se encuentra fundamentada en
partes del contenido del contrato de trabajo, en relación
al servicio que deba prestarse y a la remuneración, los cuales se
regirán por las siguientes normas:
a. El trabajador estará
obligado a desempeñar los servicios que sean compatibles con sus fuerzas,
aptitudes, estado o condición, y que sean del
mismo género de los que formen el objeto de la actividad a que se
dedique el patrono; y
b. La remuneración
deberá ser adecuada a la naturaleza y magnitud de los servicios y no
podrá ser inferior al salario mínimo ni a la que se le pague por
trabajos de igual naturaleza en la región y en la propia empresa.
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